GT 3.2 Turismo, territorio y medio ambiente

Autor/a
Pedro Brufao Curiel (Universidad de Extremadura)

La revolución turística y la mejora y abaratamiento de los medios de transporte desde la década de los años 20 del siglo pasado y sobre todo, tras el paréntesis de la II Guerra Mundial y su posguerra, ha provocado que los lugares empleados como reclamo por las autoridades para el fomento de la economía del turismo vean peligrar su misma razón de ser, algo que va  mucho más allá de la mera creación de cupos para la simple gestión de las visitas.

 

Lo anterior se predica de lugares en principio de acceso libre, generalmente de dominio público, y sobre todo en espacios naturales o en lugares concretos de alto valor cultural. En efecto, existen limitaciones, o al menos se han propuesto, la llegada masiva de peregrinos a lugares como El Rocío a través de las vías pecuarias que atraviesan el Parque Nacional de Doñana, o se habla de cupos al acceso a la playa lucense de "Las Catedrales" o a las Islas Cíes, a la vez que no existe ninguna visita, salvo las científicas a determinadas áreas de dicho Parque Nacional onubense o a la Cueva de Altamira en Santander, a lo que se puede sumar el hecho de limitar el flujo de aficionados a la fotografía y observación de animales silvestres como linces, lobos, osos o cetáceos en espacios abiertos.

 

Los criterios de limitación son complejos de abordar cuando se atiende a la teoría clásica del uso del dominio público, como el uso común, o la consideración de las características de intensidad o peligrosidad para establecer restricciones sometidas a la autorización previa de modo directo por las Administraciones públicas competentes o de modo indirecto a través de la contratación obligatoria de los servicios turísticos de empresas concesionarias.

 

En este trabajo se analizarán las cuestiones generales de este nuevo fenómeno y la casuística más sobresaliente en España y el Derecho comparado.

Palabras clave: dominio público, acceso restringido