Afiliación
Miembro de Número
Los Miembros de Número son aquellas personas físicas que sean aceptadas como tales según los trámites definidos en estos estatutos.
Para la adquisición de la condición de Miembro de Número será necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser español o ciudadano de cualquier país de la Unión Europea, o residente en España.
- Haber ejercido actividad investigadora, educativa y/o de alta gerencia en la empresa privada o en las administraciones turísticas.
- Haber realizado publicaciones de interés científico o gerencial en medios profesionales de la actividad turística.
- Presentar la solicitud con inclusión de curriculum, publicaciones y justificación de los méritos alegados, según el modelo preparado por la Asociación.
- Que esta solicitud sea aprobada por la Junta Directiva.
- Haber pagado, tras ser aprobado su ingreso por la Junta Directiva, la cuota de entrada y la cuota del primer año de afiliación.
Miembro Correspondiente
Serán Miembros Correspondientes aquellas personas físicas que cumplan con todos los requisitos para ser Miembrode Número salvo los especificados en elprimer punto, es decir, españoles o ciudadanos de cualquier país miembro de la Unión Europea, o residentes en España.
Miembro Adherido
Serán Miembros Adheridos las instituciones públicas y privadas vinculadas de forma directa o indirecta al sector turístico cuya solicitud sea aceptada por la Junta Directiva. No podrán formar parte de la propia Junta Directiva.